
Comunicado de la Dirección General de Registros sobre Estatutos de Cooperativas de Vivienda
El Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Cooperativas, exhorta a los profesionales de derecho que intervienen en la redacción de los estatutos de Cooperativas de Vivienda y sus reformas, se abstengan de remitirse al Decreto 633/69 y de incluir dentro de aquéllos, cláusulas con las regulaciones dadas por el mismo.
El Art. 224 de la Ley 18.407 del 24 de octubre de 2008 deroga expresamente los Art. 130 a 176 de la Ley 13.728 del 17 de diciembre de 1968, reglamentados por el Decreto 633/69.
Se encuentra vigente el Decreto 198/12 que reglamenta la Ley 18.407.