Línea Vivienda

El Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo ha resuelto disponer de una línea, con el objeto de apoyar y colaborar en la mejora y mantenimiento de los barrios y complejos cooperativos, lo que seguramente redundará en una mejora en la calidad de vida de los socios y sus familias. La propuesta es financiar- en condiciones que atienden el perfil socio-económico de las cooperativas de viviendas- pequeñas y medianas inversiones. Estos fondos provienen tal como establece la Ley General de Cooperativas Nº 18.407 de los aportes del cooperativismo en general mediante la Prestación Coactiva, y en particular del Fondo Rotatorio Especial (FRECOOP) creado especialmente para la co-financiación de inversiones.

Detallamos las condiciones generales:

Beneficiarios: Cooperativas de Vivienda en general que se encuentren ya habitadas.

Montos:

  • Se financiará hasta el 75% de la inversión a realizar, con un monto máximo por socio de $30.000.
  • Se financiará únicamente en moneda nacional o en unidades indexadas.

Plazo: hasta 36 meses en cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Tasas:

  • En pesos: hasta 12 meses el 18% TEA (tasa efectiva anual)
  •                Más de 12 meses el 20% TEA (tasa efectiva anual)
  • En unidades indexadas + 6%

 

Ejemplos:

Por cada $100.000 pesos                    Por cada 100.000 Unidades Indexadas

12 cuotas de $9.105 fijas                        12 cuotas de UI 8.642.77

18 cuotas de $6.398 fijas                        18 cuotas de UI 5.858.74

24 cuotas de $5.010 fijas                        24 cuotas de UI 4.467.52

36 cuotas de $3.634 fijas                        36 cuotas de UI 3.035.00

 

Destino:

Pequeñas reformas, mantenimientos generales, energías renovables (paneles solares, etc), creación o mejora de espacios comunes.

Condiciones de otorgamiento:

  • Según el destino del crédito podrá eventualmente pedir avales firmados por los socios de la cooperativa de vivienda en favor de la misma, acompañados con último recibo de sueldo. Si el titular del cupo no tiene ingresos, deberán presentar ingresos del cónyuge o de otro familiar que habite la vivienda y tenga ingresos justificables, en cuyo caso el aval deberá venir firmado también por dicha persona. Este requisito se analizará conjuntamente con la Directiva de la Cooperativa para evaluar su implementación.
  • Estatutos de la Cooperativa de Vivienda, y autoridades vigentes certificadas.
  • Último balance aprobado y certificados del BPS, DGI y de Prestación Coactiva (es condición estar al día con dicho para tributo).
  • Presupuesto sobre reformas y mantenimientos a realizar, sobre cuales deberán hacer una rendición posteriori.

Implementación:

El préstamo se otorga a la Cooperativa de Viviendas, debiendo firmar la operación los titulares legales de la misma.

Para iniciar el trámite pueden remitir las solicitudes a la sede de INACOOP: San José 1414 o vía correo electrónico a drojo@inacoop.org.uy o amazzini@inacoop.org.uy .

El préstamo se otorga a la Cooperativa, y la cuota resultante será una sola (indivisible) y deberá ser depositada en BROU Cuenta Corriente Nº 152-58016 de INACOOP.

Condiciones generales:

  • Todas las solicitudes estarán sujetas a la aprobación del Directorio de INACOOP.
  • Se considerará importante contar con aval de la agremiación de segundo piso a la que se pertenezca (FECOVI O FUCVAM), sin que ello sea condición indispensable.
  •  En caso de no estar al día con la Prestación Coactiva de INACOOP, se deberá regularizar la situación mediante el pago de la deuda al contado o con la firma de convenio específico de pago.

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