UNA MUY BUENA NOTICIA PARA LAS COOPERATIVAS Y SUS ESCRIBANOS

MODELO DE ESTATUTO DE COOPERATIVA DE TRABAJO

Todos somos conscientes de las dificultades que han tenido las cooperativas en la etapa de su constitución o a la hora de reformar sus estatutos, para lograr inscribirlos en el Registro de Personas Jurídicas.

Son múltiples las causas de la cantidad de observaciones que se les efectúan. Se partía de modelos estatutarios anteriores a la ley 18.407, cuyas innovaciones no han sido totalmente asimiladas y el derecho cooperativo es todavía poco conocido por los profesionales del derecho, que no figura en la currícula de los cursos de grado de la Facultad ni es objeto de los cursos de técnica notarial. A ello se suman las legítimas diferencias de interpretación de las normas entre los escribanos intervinientes y quienes ejercen la función calificadora de los documentos.

Naturalmente, a los cooperativistas les pueden interesar las causas, pero de lo que se trata es de prevenir que sufran las consecuencias, tales como la demora de varios meses en obtener la personería jurídica, el costo de la presentación de declaratorias para subsanar las observaciones registrales, la sensación generalizada, que debe desterrarse, de que formar una cooperativa es complicado y que es preferible asumir formatos jurídicos comerciales, aunque no coincidan con el espíritu de los fundadores. Desde la óptica del Registro, también se soportan consecuencias indeseables, tales como el abarrotamiento de documentos que nunca terminan de inscribirse, cada uno de los cuales exige un lento, minucioso, trabajoso examen por parte de las Escribanas calificadoras, así como el constante flujo de consultas de los usuarios.

A esto agregamos el tema sustancial: El Estatuto es la constitución para los cooperativistas y debe estar libre de defectos para que en su vida societaria opere como guía y rector.

La solución hallada

Entre las responsabilidades de promoción de INACOOP se encuentra una que no es la más vistosa ni costosa, pero que resulta esencial: desbrozar el camino de las cooperativas, identificando y removiendo trabas para su normal funcionamiento.

Con ese espíritu y para superar el problema planteado, contrató una consultoría a cargo del estudio del Dr. Esc. Sergio Reyes, para que se confeccionara un modelo de estatuto para cada clase de cooperativa, en consulta permanente con la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, a cargo de la Esc. Claudia Pereiro y con la colaboración de la Esc. Ofelia Lancibidad.

La buena noticia es que estamos en condiciones de ofrecer un modelo de estatuto de cooperativa de trabajo, que próximamente será seguido de los de cooperativas agrarias, de vivienda de usuarios, por ayuda mutua y por ahorro previo y de propietarios. Va acompañado de notas explicativas, que permiten al usuario verificar las opciones que se le presentan.

Por supuesto, no pretende ser una imposición; sabemos que las variantes en la autorregulación por vía estatutaria son infinitas y que los socios son libres de establecer sus reglas de juego, dentro del marco legal y reglamentario.

Simplemente ofrecemos un modelo que ha sido estudiado por especialistas en la materia y que ha obtenido el consenso de las personas responsables de su contralor registral.

Esta versión será formalmente mejorada a la brevedad, de forma tal que los Escribanos que así lo deseen puedan reproducirlo y completarlo. 

 Descargar modelo de estatuto y notas